La modificación del art. 17.2 afecta sustancialmente al régimen de mayorías requeridas para la adopción de los acuerdos regulados en los siguientes arts. de la LPH:


Art. 10.3.b: modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética.

Art. 17.1: instalación de sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energías renovables.

Art. 17.3: establecimiento o supresión de equipo o sistemas, no recogidos en el art. 17.1, que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética o hídrica del inmueble.

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